Resumen

Módulo 2

Dado que los delitos de Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo son flagelos que deben contar con un marco regulatorio robusto y que debe existir coordinación internacional, en el año 2003 se publica la ley 19.913 que sienta las bases para modernizar la forma en que Chile afronta este tipo de delitos.

Entre otras cosas, la Ley 19.913 crea la Unidad de Análisis Financiero, UAF.

Con la finalidad de complementar la Ley 19.913, la UAF publica periódicamente una serie de circulares que perfeccionan y actualizan el texto y espíritu de la ley.

Dentro de las principales circulares, podemos destacar:

Circular 49: Detalla cómo deben operar los Sujetos Obligados.

Circular 53: Norma las obligaciones que deben cumplir los Sujetos Obligados.

Circular 56: Define la periodicidad en que ciertos Sujetos Obligados deben reportar sus Reportes de Operaciones en Efectivo.

Circular 57: Norma la obligación de identificar a los Beneficiarios Finales de las personas jurídicas.

En general, el delito de Lavado de Activos se realiza con posterioridad a delitos base que originan los fondos ilegales. Entre otros, podemos encontrar delitos tan graves como el tráfico de drogas, tráfico de migrantes o el secuestro.

En línea con lo anterior, nuestra legislación define infracciones y sanciones que van desde amonestaciones a cuantiosas multas.

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