El 1 de agosto de 2024 entró en vigencia la Ley Karin (N° 21.643), que modifica el Código del Trabajo y la Ley N° 18.834 para reforzar la prevención y sanción del acoso laboral, acoso sexual y violencia en el trabajo. Un año después, la realidad muestra que muchas organizaciones aún tienen tareas pendientes.
¿Qué exige la Ley Karin a las empresas?
La normativa obliga a todas las empresas — independiente de su tamaño — a contar con:
- Protocolos de prevención del acoso laboral y sexual actualizados y difundidos.
- Procedimientos internos de investigación o derivación a la Inspección del Trabajo.
- Capacitación obligatoria a todos los trabajadores y a quienes actúen como investigadores internos.
- Canales de denuncia seguros y confidenciales.
¿Qué está fallando en las empresas?
Según reportes de la Dirección del Trabajo, las principales brechas detectadas en fiscalizaciones son la falta de capacitación formal a los trabajadores y la ausencia de investigadores internos debidamente formados. Muchas empresas elaboraron sus protocolos, pero no entrenaron a su gente para aplicarlos.
¿Qué pasa si tu empresa no cumple?
El incumplimiento puede derivar en multas de hasta 60 UTM por infracción, además de la responsabilidad civil y penal que puede recaer sobre la empresa y sus directivos en casos graves. La Ley establece que la prevención es una obligación activa, no un mero trámite administrativo.
Cómo puede ayudarte Macroscap
En Macroscap contamos con dos programas certificados con código SENCE:
- Ley Karin: Ambientes Laborales Seguros y Respetuosos — dirigido a todos los trabajadores, en modalidad presencial o e-learning.
- Formación de Investigadores Internos Ley Karin — para quienes deben conducir los procesos de investigación dentro de la organización.
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